Las circunstancias de modo, tiempo y lugar, no corresponden en estricto sentido a la noción de hechos jurídicamente relevantes, pero constituyen presupuesto para la adecuada defensa
La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 19 de julio de 2023, Rad. 58147, precisó que las circunstancias de modo, tiempo y lugar, no corresponden en estricto sentido a la noción de hechos jurídicamente relevantes, pero constituyen presupuesto para la adecuada defensa, con la salvedad que, si se trata de agresiones sexuales contra menor de edad, acaecidas en un lapso prolongado es “irraznable exigir idéntico nivel de precision en la descripción de los comportamientos”. Al respecto dijo: “1.2 De acuerdo con el artículo 288 de la Ley 906 de 2004, la imputación debe comprender, además de la individualización concreta de la persona contra la cual se formula y la advertencia de que le es posible allanarse a ella, una « relación clara y sucinta de los hechos jurídicamente relevantes». “ Estos, los hechos jurídicamente relevantes, han sido definidos por esta Corte como « los que corresponden al presupuesto fáctico previsto por el legislador en las respectivas no...