Los subrogados penales se otorgan con relación al delito cometido, no sobre el delito preacordado
La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 21 de octubre de 2020, 2018, Rad. 51478, reiteró la línea en sentido que, el otorgamiento de los subrogados penales se estudian sobre el delito cometido, no sobre el delito preacordado. Al respecto, dijo: “El problema jurídico que abordará la Corporación se centrará en determinar si: “(i). haber tenido en cuenta las circunstancias de marginalidad constituyó una variación en la calificación jurídica del delito cometido e imputado de homicidio en la modalidad de tentativa; “(ii). fue legal la interpretación judicial de analizar los requisitos de la suspensión condicional de la ejecución de la pena a partir del delito cometido y no del acordado ; y ( iii). ello pudo constituir una intromisión indebida de los juzgadores en las funciones atribuidas al ente acusador en el ámbito de las negociaciones con el procesado. “Para el fin anterior, la realidad procesal denota que sin haber modif...