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El artista de los puñales

Solitario, hecho tirones, bañado en sangre, medio difunto, arrinconado en las tablas por el matador de turno y peones de brega, quienes lo lancean y obligan a girar en círculos para emborrachar la agonía, el toro de casta mira hacia la arena, los tendidos, mira al artista que disfrazado con traje de luces esmeralda y oro viejo, lo tortura con la espada de descabello. Entonces, mira a su verdugo, a quien abuchean por no haber logrado acertar con el acero, agacha la cabeza, se la ofrece para su colección de trofeos, y de repente imagina que puede volar como el águila que a esas horas desciende y picotea, en el centro del ruedo. Al artista de los puñales, no le importan las rechiflas de esa tarde, lo que único que le interesa es asesinar a su enemigo de turno, uno más en la lista de sus manos untadas de exterminio. Comienza la orgía, el reloj marca las tres y media de la tarde del domingo, rechina el clarín, que anuncia su salida, abren la puerta de los sustos, chorrean apl...

Aproximaciones al Delito de Flagelo

Un día, por cierto bastante lejano, allá en Alemania, al Maestro Roxin se le ocurrió hablar de Aparatos Organizados de Poder... Y, ¡Eureka-Eureka! surgieron del sombrero del mago: los Autores Mediatos con Interviniente Responsable, mientras que, por aparte, la  dogmática  penal seguía hablando de Autores Mediatos con Interviniente No Responsable, como en efecto se proyectan por la circunstancia de haber actuado bajo los alcances de la insuperable coacción invencible o el error invencible... En otras palabras, a los abogados penalistas y a la dogmática penal, sin pagar peaje ni impuestos de importación, los pusieron y forzaron a hablar de Autores Mediatos con Interviniente Responsable y a la vez de Autores Mediatos con Interviniente No Responsable Pues bien, Años después, con demasiados interrogantes de carácter sustanciales, de pronto ocurrirá que en nuestra legislación penal, tendremos una revolución o quizás una ¿involución en la teoría del delit...

Nulidad por no responder Argumentos de la Apelación

La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 10 de mayo de 2006, identificada con el radicado 22.082, se refirió a irregularidad sustancial que afecta el debido proceso y genera nulidad, derivada de la omisión del deber de responder a los argumentos de la apelación. Al respecto dijo: “ Profusa ha sido la jurisprudencia de la Corte en la que se ha dejado establecido que la omisión del deber respuesta a las alegaciones de la impugnación, consideradas sustanciales o trascendentes , quebranta el derecho de contradicción, y por esta vía, la esencia controversial del proceso penal , erigiéndose en una irregularidad sustancial que debe ser corregida por la jurisdicción , bien a través de la nulidad o de otro mecanismo procesalmente plausible (complementación oficiosa por ejemplo, cuando sea jurídicamente posible), con el fin de restablecer el equilibrio perdido. Al respecto, ha dicho: “Si los fundamentos de la impugnación establecen el objeto de pronunciamiento del fu...

Justicia y Paz.- Exclusión por Faltar a la Verdad

La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 4 de marzo de 2015, identificada con el radicado 44692, se refirió a la exclusión de un postulado a la Ley de Justicia y Paz, por faltar a su deber de decir la verdad. Puede afirmarse, que esta sentencia, entre otras, constituye precedente a tener en cuenta por los insurgentes, policías, militares y civiles en los juicios venideros en la Jurisdicción Especial para la Paz, en lo que corresponde al Componente de Verdad. Al respecto, dijo: “ Ahora bien, e n cuanto se refiere concretamente a la exclusión por el incumplimiento de la obligación legal relacionada con la contribución al esclarecimiento de la verdad y  la construcción de la memoria histórica, necesariamente ha de recordarse que el éxito del proceso de reconciliación se encuentra estrechamente ligado a la posibilidad de conocer los hechos, los responsables, los auspiciadores,  la financiación, los beneficiados, la forma, los sitios, el momento, las razones y, e...

Prevaricato por no Valorar Pruebas en Conjunto

La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 29 de agosto de 2002, identificada con el radicado 16519, se refirió al delito de Prevaricato por Acción, resultado de la ausencia de valoración de las pruebas en su conjunto . Al respecto, dijo: “La manifiesta contrariedad del fallo del junio 25 de 1.998, respecto a la orden de que Ecopetrol pagara una indemnización, dictado por los Magistrados acusados, frente a la ley, específicamente a los artículos 187, 238 y 241 del Código de Procedimiento Civil, siendo el último expresión o desarrollo del primero, surge entonces...  No  de la omisión en decretar la práctica de un nuevo y tercer peritazgo , porque, como lo señala el defensor de R.B., tal alternativa se presentaba como facultad oficiosa ante un criterio de necesidad, ni, per se, de la inmotivada cuantificación del resarcimiento, o de la simple falta de motivación, ni de la mera diferencia cuantitativa   a que llegaron los dictámenes según lo alega el acusado Núñe...

Delito de Soborno

La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 2 de septiembre de 2002, identificada con el radicado 17.703, se refirió a los aspectos que configuran el delito de Soborno. Al respecto, dijo: “El artículo 174 del Código Penal anterior definía el delito de soborno como “ el que entregue o prometa dinero u otra utilidad a un testigo para que falte a la verdad o la calle total o parcialmente en su testimonio , incurrirá en prisión de uno (1) a cinco (5) años”. Hipótesis (...) que fue reproducida integralmente en el artículo 444 del nuevo Código Penal (con prisión de seis (6) a doce (12) años) (...) “Realizando el estudio dogmático del tipo tenemos que el sujeto activo del comportamiento es indeterminado , o sea, puede ser cualquier persona que tenga o no interés en la actuación judicial o administrativa dentro de la cual ha de declarar el testigo, incluso puede ser el imputado. “ La conducta encierra la entrega o promesa de dinero o cualquiera otra utilidad a un testigo para...

#TodosSomosPazYPosconflicto

En el ejercicio de la política, de pronto acaecen terremotos predecibles, se estremecen estructuras antiguas, columnas, vigas de amarres, alerones, las fachadas se fraccionan, desgastan, se corroe el estuco y las barnizadas de impermeabili zantes se diluyen.  Los cimientos de la guerra se revientan, explotan, no aguantan tanto desgaste, no responden. Las cúpulas de torres y campanarios ruedan, se desmoronan, las campanas y homilías se silencian, algunos homiliarios acostumbrados a la  plusvalía  de la guerra, tartamudean, balbucean, y otros pierden el habla, el lenguaje:  Los recintos en donde se oficiaba con frases hechas y lugares comunes se desocupan.  Los feligreses quienes concurrían con fervor y devoción a aplaudir con ganas y sin ganas a los campaneros de la guerra, a comulgar migajas, a escuchar como invitados de piedra, desfilan con disimulo para que nadie los observe, algunos comienzan a correr a zancadas para guarecerse en otr...